FUNCIONES:

 

1. Seguimiento del cumplimiento de los reglamentos de autorregulación y al comportamiento del mercado, de los avaluadores y de la actividad valuatoria y de los sujetos de autorregulación.
2. Monitorear y vigilar las actividades realizadas en los diferentes sistemas de negociación en donde actúen los sujetos de autorregulación.
3. Diseñar, implementar y adoptar estrategias para verificar el cumplimiento de las normas de autorregulación; el código de ética, así como para prevenir el ejercicio ilegal de la actividad.
4. Adoptar las medidas necesarias para no inscribir en el RAA, aquellas personas a quienes se les haya cancelado la inscripción o se encuentren suspendidas por parte de otra entidad Reconocida de Autorregulación ERA.
5. Requerimiento y verificación de la información a los sujetos de autorregulación y a terceros; en relación con la celebración de operaciones y actividades en el mercado valuatorio.
6. Evaluación de las quejas presentadas por los sujetos de autorregulación, clientes de éstos y terceros. Adelantar las averiguaciones necesarias.
7. Diseño e implementación de sistemas de alertas para identificar operaciones irregulares celebradas o registradas en el mercado valuatorio.
8. Celebración de planes de ajuste y desempeño con el fin de elevar los estándares de conducta y operación de avalúos.
9. Llevar a cabo una gestión de supervisión preventiva con el fin de evitar la ocurrencia de infracciones, operaciones sospechosas, y en materia de lavado de activos y financiación del terrorismo (Sarlaft).
10. Garantizar el cumplimiento de las sanciones impuestas.