FUNCIONES:

 

1. Señalar la orientación y políticas, líneas de acción, planes y programas específicos, encauzados a cumplir el objeto de ANAV; velar por su cumplimiento, así como por su adecuado funcionamiento.
2. Decidir, de conformidad con el reglamento interno, sobre la admisión o exclusión de miembros e inscritos de ANAV.
3. Establecer las políticas, programas y estrategias para monitorear el cumplimiento de las normas del mercado valuatorio, los reglamentos y circulares de autorregulación y de los sistemas de registro.
4. Establecer las políticas del consejo directivo sobre conflictos de interés de sus integrantes.
5. Aprobar el memorando de entendimiento que deba suscribir la Autorreguladora con Superintendencia de Industria y Comercio y realizar el seguimiento correspondiente.
6. Autorizar al Presidente Ejecutivo de ANAV para celebrar o ejecutar operaciones, actos o contratos cuya cuantía exceda de (50) S.M.M.L.V.
7. Designar al Presidente Ejecutivo de ANAV, asignarle su remuneración, evaluar su desempeño e impartir las ordenes que juzgue convenientes para la buena marcha de la entidad. De igual forma, designar al director en los casos de faltas absolutas que se establecen en los estatutos.
8. Elegir a los miembros del comité de Agremiación y Supervisión.
9. Elegir a los miembros del comité de Buen Gobierno y Nominaciones.
10. Elegir a los miembros del comité Disciplinario.